ARTÍCULO 11°.- Vigencia.
El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de las 00:00 horas del lunes
13 de julio de 2020 y hasta las 23:59 horas del viernes 17 de julio de 2020,
inclusive.
Dado en la Presidencia de la República, San José a los once días del mes
de julio de dos mil veinte.
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