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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42459 >> Fecha 12/07/2020 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42459 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3°.- Vigencia.

El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de las 00:00 horas del lunes 13 de julio de 2020.

Dado en la Presidencia de la República, San José a los doce días del mes de julio de dos mil veinte.

 

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