Artículo 40°- Asignación presupuestaria. La Auditoría
Interna formulará sus proyectos anuales de presupuesto y del plan de
adquisiciones, de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable y
lineamientos institucionales. La asignación de presupuesto que finalmente
realice el Ministro de Salud para la Auditoría Interna, debe ser suficiente
para que le permita cumplir su gestión acorde con su plan de trabajo anual. En
caso de discrepancia por la asignación presupuestaria, en razón de imperar
restricciones o limitaciones de orden presupuestario técnicamente justificadas
y documentadas, el Ministro deberá dialogar con la Auditoría Interna a efectos
de convenir la dotación que podría concederse, de modo que garantice los
recursos que le permita el desarrollo efectivo y oportuno del Plan de Trabajo
Anual de la Auditoría Interna.
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