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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42345 >> Fecha 21/04/2020 >> Articulo 70
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42345 - Articulo 70
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Artículo 70
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SECCIÓN VI

Del trámite de denuncias

Artículo 70°- Ámbito de competencia. La Auditoría Interna dará trámite únicamente a aquellas denuncias que versen sobre posibles hechos irregulares o ilegales, en relación con el uso y manejo de fondos públicos o que afecten la Hacienda Pública y lo regulado por la Ley Nº 8422 del 6 de octubre del 2004 “Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública”, en el ámbito de su competencia.


 

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