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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42484 >> Fecha 17/07/2020 >> Articulo 9
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<<     Artículo 9     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 42484 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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ARTICULO 9°.-Cumplimiento de lineamientos sanitarios en los casos del artículo 6°.

Las personas físicas y jurídicas propietarias de vehículos automotores, así como las personas conductoras de los mismos que circulen en la franja horaria con ocasión del artículo 6° del presente Decreto Ejecutivo, deberán cumplir con los lineamientos sanitarios girados por el Ministerio de Salud sobre el COVID-19.


 

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