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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42484 >> Fecha 17/07/2020 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42484 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

Transitorio único.- Durante el período comprendido de las 05:00 horas del día 22 de agosto y hasta las 20:59 horas del 31 de agosto de 2020, se suspende la aplicación de los artículos 4° y 5° de este Decreto, así como lo relacionado con los cantones en alerta naranja dispuesto en el presente Decreto Ejecutivo.

Por el período de dicha suspensión, los cantones en alerta naranja se regirán por la medida de restricción vehicular diurna dispuesta en el Decreto Ejecutivo número 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020.

(Así adicionado  por el artículo  2° del decreto ejecutivo N° 42559 del 21 de agosto del 2020)

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