ARTÍCULO 8- Se autorizan las siguientes modificaciones presupuestarias:
1. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:
• Ley 9103, código presupuestario
232 905 60104 541 001 1310 3412, por un monto de un millón novecientos
cincuenta y nueve mil quinientos setenta colones (01.959.570), o el
saldo que exista, destinada a "Reparación del comedor escuela La Lucha,
distrito Potrero Grande".
• Ley 9193, código presupuestario 232 905 70104 408 001 2310 3410, por
un monto de un millón ochocientos cincuenta y siete mil novecientos trece
colones (1.857.913), o el saldo que exista, destinada a "compra de
cerámica para la escuela La Maravilla, La Lucha de Potrero Grande, distrito
Potrero Grande".
• Ley 9193, código presupuestario 232 905 70104 403 001 2310 3410, por
un monto de un millón ochocientos cincuenta y siete mil novecientos quince
colones (01.857.915), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
materiales para la construcción segunda etapa de¡ comedor escolar, escuela La
Maravilla La Lucha, distrito Potrero Grande".
• Ley 8790, código presupuestario 232 905 70104 236 280 2310 3310, por
un monto de siete millones doscientos nueve mil cuatrocientos sesenta y ocho
colones (7.209.468), o el saldo que exista, destinada "Para reparar la
plaza de deportes La Lucha, distrito Potero Grande".
• Ley 9019, código presupuestario 232 905 70104 325 001 2310 3412, por
un monto de novecientos mil colones (0900.000), o el saldo que exista,
destinada a "Compra de mobiliario para la escuela La Luchita, distrito
Potrero Grande".
• Ley 9193, código presupuestario 232 905 70104405 001 2310 3120, por un
monto de un millón ochocientos cincuenta y siete mil novecientos trece colones
(1.857.913), o el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales
reparación del salón comunal La Lucha, distrito Potrero Grande". Ley 9411,
código presupuestario 232 905 70104 235 280 2310 3120, por un monto de dos
millones doscientos veinticuatro mil trescientos veintidós colones
(02.224.322), o el saldo que exista, destinada a "Mejoramiento de salón
comunal de Potrero Grande, distrito Potrero Grande".
• Ley 9411, código presupuestario
232 905 70104 239 280 2310 3340, por un monto de dos millones doscientos
veinticuatro mil trescientos veintidós colones (02.224.322), o el saldo que
exista, destinada a "Primera etapa de construcción de¡ templo católico Los
Ángeles, distrito Potrero Grande".
• Ley 9019, código presupuestario
232 905 60104 327 001 1310 3120, por un monto de tres millones seiscientos mil
colones (03.600.000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
materiales para remodelación en las oficinas y edificio de la Asociación de
Desarrollo de Javillos, distrito Potrero Grande".
• Ley 9193, código presupuestario 232 905 70104 406 001 2310 3410, por
un monto de un millón ochocientos cincuenta y siete mil novecientos trece
colones (1.857.913), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
materiales y mobiliario para la escuela El Jorón, distrito Potrero
Grande".
• Ley 9289, código presupuestario 232 905 70104 232 280 2310 3421, por
un monto de dos millones setecientos mil colones (2.700.000), o el saldo que
exista, destinada a "Arreglo de la infraestructura y compra de equipo de¡
Colegio de Potero Grande, distrito Potrero Grande".
• Ley 9341, código presupuestario 232 905 70104 228 280 2310 3340, por
un monto de dos millones cuarenta y dos mil cincuenta y cinco colones
(02.042.055), o el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales de
construcción para la primera etapa de la cocina parroquial de Potrero Grande,
distrito Potrero Grande".
• Ley 9341, código presupuestario 232 905 70104 233 280 2310 3120, por
un monto de un millón cuatrocientos setenta y un mil veintiocho colones (01.471.028),
o el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales de construcción
de la primera etapa de¡ salón comunal Las Huacas de Capri, distrito Potrero
Grande".
• Ley 9341, código presupuestario 232 905 70104 231 280 2310 3310, por
un monto de un millón cuatrocientos setenta y un mil veintiocho colones
(1.471.028), o el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales para
la malla de la plaza de deportes de Pueblo Nuevo, distrito Potrero
Grande".
• Ley 9065, artículo 4, inciso 50, por un monto de treinta y ocho
millones cuatrocientos dieciocho mil seiscientos ocho colones (038.418.608), o
el saldo que exista, destinada a "Construcción de la primera etapa de¡
salón multiuso en Potrero Grande".
• Ley 9411, código presupuestario 232 905 70104 232 280 2310 3310, por
un monto de dos millones cuatrocientos mil trescientos veintidós colones
(2.400.322), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de dos
vestidores para la cancha de fútbol de Jabillo, distrito Potrero Grande".
• Ley 9411, código presupuestario 232 905 70104 233 280 2310 3410, por
un monto de dos millones doscientos veinticuatro mil trescientos veintidós
colones (2.224.322), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de
baños en la escuela el Jorón, distrito Potrero Grande".
• Ley 9514, artículo 8, inciso 14, por un monto de once millones
novecientos mil ciento ochenta y dos colones (11.900.182), o el saldo que
exista, destinada a "Construcción de la primera etapa de¡ mallado plaza de
deportes de la comunidad de Capri".
• Ley 9341, 232 905 70104 227 280 2310 3120, por un monto de cinco
millones trescientos trece mil ochenta y tres colones (05.313.083), o el saldo
que exista, destinada a "Compra de materiales de construcción para la
cocina de¡ salón comunal de la Lucha, distrito Potrero Grande".
• Ley 9103, código presupuestario 232 905 70104 400 001 2310 3410, por
un monto de un millón trescientos cincuenta mil colones (1.350.000), o el saldo
que exista, destinada a "Compra de materiales para reparación de baterías
sanitarias escuela La Luchita, distrito Potrero Grande".
• Ley 9514, artículo 8, inciso 15, por un monto de diez millones
cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos noventa y cinco colones (10.480.495), o
el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales para construcción
de graderías en la plaza de deportes Javillos".
• Ley 8908, código presupuestario 232 905 60104 422 1 1310 3340, por un
monto de un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000), o el saldo que exista,
destinada a "Compra de materiales concejo pastoral de la Lucha, distrito
Potrero Grande".
• Ley 9103, 232 905 70104 542 001 2310 3340, por un monto de un millón
novecientos cincuenta y nueve mil setecientos ocho colones (¢1.959.708),
o el saldo que exista, destinada a "Construcción de aula iglesia católica
de la Luchita, San Luis Gonzaga, distrito Potrero Grande".
• Ley 9193, 232 905 70104 409 001 2310 3410, por un monto de un millón
ochocientos cincuenta y siete mil novecientos trece colones (01.857.913),
o el saldo que exista, destinada a "Compra de malla para la escuela de
Capri, distrito Potrero Grande".
• Ley 9193, código presupuestario
232 905 70104402 001 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones
(900.000), o el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales y
mobiliario cementerio campo santo Los Ángeles, distrito Potrero Grande".
• Ley 9341, código presupuestario 232 905 70104 229 280 2310 3120, por
un monto de un millón cuatrocientos setenta y un mil veintiocho colones (01.471.028),
o el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales de construcción
para la primera etapa de la oficina de la Asada de Las Vueltas, distrito
Potrero Grande".
• Ley 9341, código presupuestario 232 905 70104 232 280 2310 3130, por
un monto de un millón cuatrocientos setenta y un mil veintiocho colones (01 .471
.028), o el saldo que exista, destinada a "Compra de materiales y
accesorios para La Asada de la Lucha de Potrero Grande, distrito Potrero
Grande".
A fin de que se utilicen para compra de equipo y mobiliario a favor de
la Asociación Amanabif.
2. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:
• Ley 9411, código presupuestario 232 905 70104 236 280 2310 3120, por
un monto de dos millones doscientos veinticuatro mil trescientos veintidós
colones (02 .224.322), o el saldo que exista, destinada a "Compra de
equipo de cómputo oficina y audiovisuales para la Asociación de Productores de
Pueblo Nuevo, distrito Potrero Grande".
• Ley 9514, código presupuestario 232 905 70104 743 001 2310 3310, por
un monto de un millón noventa y ocho mil quinientos ochenta y nueve colones (¢1.098.589), o el saldo que exista,
destinada a "Compra de maquinaria y equipo de trabajo para el
mantenimiento de lotes comunales y cancha de fútbol de la comunidad de Pueblo
Nuevo, distrito Potrero Grande".
• Ley 9289, código presupuestario 232 905 70104 231 280 2310 3310, por
un monto de dos millones trescientos cuarenta y ocho mil trescientos cincuenta
y nueve colones (¢2.348.359), o el saldo que exista, destinada a
"Entechado y cerámica de la gradería de la plaza de deportes del centro de
Pueblo Nuevo, distrito Potrero Grande".
• Ley 9514, artículo 8, inciso 12, por un monto de cincuenta y dos
millones trescientos treinta y cinco mil cuatrocientos noventa y cinco colones
(52.335.495), o el saldo que exista, destinada a "Compra de mobiliario
para la cocina comunal de Pueblo Nuevo".
A fin de que se utilicen para mejoras varias en la cocina comunal de
Pueblo Nuevo de Potrero Grande.
3. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9604, artículo 4, inciso 6, por
un monto de diez millones setecientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta y
ocho colones (¢10.71 9.468), o el saldo que exista, destinada "Para
construcción de salón multiuso comunal de Potrero Grande", a fin de que se
utilice para mejoras varias al centro parroquial de Potrero Grande, distrito
Potrero Grande.
4. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:
• Ley 9341, código presupuestario 232 905 70104 230 280 2310 2121, por
un monto de un millón cuatrocientos setenta y un mil veintiocho colones (¢1.471.028),
o el saldo que exista, destinado a "Compra de mobiliario de oficina y
equipo para el centro agrícola de Potrero Grande, distrito Potero Grande".
• Ley 8908, código presupuestario 232 905 70104 420 1 2310 3120, por un
monto de un millón ochocientos mil colones (0I.800.000), o el saldo que exista,
destinado a "Construcción segunda etapa del centro agrícola, distrito
Potrero Grande".
• Ley 9103, código presupuestario 232 905 60104 536 001 1310 3120, por
un monto de dos millones setecientos mil colones (02.700.000), o el saldo que
exista, destinado a "Compra de malla cementerio Potrero Grande, distrito
Potrero Grande".
A fin de que se utilicen para enmallado de un lote propiedad de la
Asociación de Desarrollo Integral de Potrero Grande.
5. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9019, código presupuestario 232
905 70104 328 001 2310 3310, por un monto de un millón ochocientos mil colones
(¢1.800.000), o el saldo que exista, destinada a "Construcción de cancha
de fútbol Asociación Cristiana Fresca Unción, distrito Potrero Grande", a
fin de que se utilice para compra de mobiliario, equipo de cómputo, multimedia
e implementos musicales a favor de Asociación Cristina Fresca Unción.
6. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino
de los saldos de las siguientes partidas específicas: Ley 8908, código
presupuestario 232 905 70104 415 1 2310 2220, por un monto de un millón
ochocientos mil colones (1.800.000), o el saldo que exista, destinado a
"Construcción de dos pasos de alcantarillas en Tres Colinas, por la
Asotur, distrito Potrero Grande".
• Ley 9103, código presupuestario
232 905 60104 539 001 1310 3340, por un monto de un millón novecientos
cincuenta y nueve mil quinientos setenta colones (¢1.959.570), o el
saldo que exista, destinado a "Reparación cocina iglesia católica de
Palmira, distrito Potrero Grande".
A fin de que se utilicen para la construcción de salón comunal en Santa
Teresa de Cabagra.
7. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9289, código presupuestario 232
905 70104 230 280 2310 3340, por un monto de dos millones trescientos cuarenta
y ocho mil trescientos sesenta colones (¢ 2.348.360), o el saldo que exista,
destinada a "Cubierta de¡ techo de la Iglesia Fuente de Vida, distrito
Potrero Grande", a fin de que se utilice para la compra de equipo de audio
y mobiliario a favor de la Iglesia Cristiana Fuente de Vida.
8. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:
• Ley 9411, código presupuestario 232 905 70104 238 280 2310 3120, por
un monto de dos millones doscientos veinticuatro mil trescientos veintidós
colones (¢2.224.322), o el saldo que exista, destinado a "Construcción de
la segunda etapa del salón de actividades La Lucha, distrito Potrero
Grande".
• Ley 9411, código presupuestario 232 905 70104 234 280 2310 3120, por
un monto de dos millones doscientos veinticuatro mil trescientos veintidós
colones (¢2.224.322), o el saldo que exista, destinado a "Mejoras al salón
comunal de San Antonio de Térraba, distrito Potrero Grande".
• Ley 9604, artículo 4, inciso 7, por un monto de quinientos mil colones
(¢ 500.000), o el saldo que exista, destinado "Para la reparación del
camino de Potrero Grande- Las Palmas".
A fin de que se utilicen para enmallado de la plaza de deportes La
Lucha.
9. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9289, código presupuestario 232
905 70104 229 280 2310 2151, por un monto de dos millones trescientos
cuarenta y ocho mil trescientos sesenta colones (¢ 2.348.360), o el saldo que
exista, destinada a "Compra de materiales para puente colgante de el
Trébol, distrito Potrero Grande", a fin de que se utilicen de la siguiente
manera:
• Cincuenta por ciento (50%) para mejoras al comedor de la escuela
Jorón.
• Cincuenta por ciento (50%) para construcción de salón comunal en Santa
Teresa de Cabagra.
10. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 8908, código presupuestario 232 905
70104 342 1 2310 2151, por un monto de tres millones novecientos cuarenta y
ocho mil cuatrocientos veintidós colones (¢3.948.422), o el saldo que exista,
destinada a "construcción del puente peatonal de Quebrada Km20, distrito
Golfito", a fin de que se utilice para compras de materiales para el aula
escolar mejoras de la infraestructura del comedor compra de insumos de oficina
para la escuela la Riviera de Coto, distrito de Golfito.
11. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9103, código presupuestario 232 905
70104 588 001 2310 3310, por un monto de tres millones doscientos mil colones
(¢ 3.200.000), o el saldo que exista, destinada a "mejoramiento del
parquecito de barrio Km5, distrito Golfito", a fin de que se utilice para
la compra de implementos para la Asociación de Cuidados Paliativos Amor Vital
de la región Sur Sur, distrito de Golfito.
12. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9193, código presupuestario 232 905
70104 272 280 2310 3120, por un monto de cinco millones setecientos cuarenta
mil ciento sesenta colones (¢ 5.740.160), o el saldo que exista, destinada a
"construcción del salón comunal de barrio San Martín, distrito
Golfito", a fin de que se utilice para mejoras de la cancha multiuso del
barrio Llano Bonito, distrito de Golfito.
13. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la
partida aprobada
mediante la Ley 9289, código presupuestario 232 905 70104 353 001 2310 3310,
por un monto de cinco millones quinientos cincuenta y cuatro mil seiscientos
sesenta y cuatro colones (¢5.554,664), o el saldo que exista, destinada
"para hacer una cancha multiuso en el parque del Km 5 con su respectiva
luz, distrito Golfito", a fin de que se utilice para compra de implementos
para la Asociación de Cuidados Paliativos Amor Vital de la región Sur Sur,
distrito de Golfito.
14. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9103, código presupuestario 232 905
70104 594 001 2310 3340, por un monto de ochocientos mil colones (¢ 800.000), o
el saldo que exista, destinada a "construcción aula en iglesia Asamblea de
Dios Ever-Enecer Puerto Jiménez, distrito Puerto Jiménez", a fin de que se
utilice para obras de construcción en centro de acopio La Palma.
15. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9103, código presupuestario 232 905
60104 595 001 1310 3340, por un monto de ochocientos mil colones (¢ 800.000), o
el saldo que exista, destinada a "reparación de cocina en la iglesia
evangelio completo de Puerto Jiménez, distrito Puerto Jiménez", a fin de
que se utilice para obras de construcción en centro de acopio La Palma.
16. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9289, código presupuestario 232 905
70104 357 001 2310 3410, por un monto de tres millones doscientos mil colones
(¢ 3.200.000), o el saldo que exista, destinada a "enmallado de terreno de
las instalaciones de la escuela de Cañaza, cód 2972 (240mt5), distrito Puerto
Jiménez", a fin de que se utilice para compra de materiales para aula de
música.
17. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9019, código presupuestario 232 905
70104 372 001 2310 3120, por un monto de veinte millones trescientos setenta y
ocho mil treinta y tres colones (¢ 20.378.033), o el saldo que exista,
destinada a "construcción de salón comunal de Dos Brazos de Río Tigre,
distrito Puerto Jiménez", a fin de que se utilice para la compra de
mobiliario de¡ salón comunal Dos Brazos de Río Tigre.
18. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 8790, código presupuestario 232 905 70104
283 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones quinientos mil colones (¢
4.500.000), o el saldo que exista, destinada "para la compra de terreno
para la cancha de fútbol de Unión de Coto Norte, Distrito Guaycará", a fin
de que se utilice para compra de materiales para mejoras en el salón comunal de
Río Claro. (construcción cielorraso).
19. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9019, código presupuestario 232 905
70104 376 001 2310 3412, por un monto de dos millones cuatrocientos mil colones
(¢ 2.400.000), o el saldo que exista, destinada a "construcción de cancha
multiuso en la escuela La Tigra en Viquillas, distrito Guaycará", a fin de
que se utilicen para la compra de materiales para mejoras en la oficina en el
salón comunal para sesionar el Consejo de Distrito como la Asociación de
Desarrollo de Guaycará.
20.Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9019, código presupuestario 232 905
70104 378 001 2310 2151, por un monto de dos millones cuatrocientos mil colones
(¢ 2.400.000), o el saldo que exista, destinada a "construcción del puente
entre kilómetros 29 y 30, distrito Guaycará", a fin de que se utilice para
compra de materiales para mejorar cancha multiuso de la escuela Los Angeles.
21. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9019, código presupuestario 232 905
70104 377 001 2310 3340, por un monto de tres millones doscientos mil colones
(¢ 3.200.000), o el saldo que exista, destinada a "mejoras en la iglesia
católica de Coto 54, distrito Guaycará", a fin de que se utilice para
compra de materiales para la capilla en el cementerio de Guaycará.
22. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9103, código presupuestario 232 905
70104 602 001 2310 3340, por un monto de dos millones de colones (¢ 2.000.000),
o el saldo que exista, destinada a "reconstrucción de la iglesia de Coto
54-55, distrito Guaycará", a fin de que se utilice para compra de
materiales para la capilla en el cementerio de Guaycará.
23. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9193, código presupuestario 232 905
70104 278 280 2310 3210, por un monto de cuatro millones de colones (¢
4.000.000), o el saldo que exista, destinada a "compra de una unidad para
la Cruz Roja de Río Claro, distrito Guaycará", a fin de que se utilice
para compra de materiales para el salón comunal de Río Claro, para cambiarle la
fachada del salón, frente a la carretera interamericana, con un corredor de
entrada.
24. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9193, código presupuestario 232 905
70104 276 280 2310 3410, por un monto de un millón seiscientos mil colones (¢
1.600.000), o el saldo que exista, destinada a "construcción de una aula
para servicio de apoyo de problemas de aprendizaje, escuela Los Angeles de Río
Claro, distrito Guaycará", a fin de que se utilice para compra de
materiales para la cancha multiuso de Viquilla Dos.
25. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 8790, código presupuestario 232 905
70104 290 280 2310 3412, por un monto de cinco millones cuatrocientos mil
colones (¢ 5.400.000), o el saldo que exista, destinada "para construir
una aula en la escuela Punta Venegas, Punta Burica, distrito Pavón", a fin
de que se utilicen para la compra de materiales para el mantenimiento de la
escuela Valle de Burica.
26. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 8790, código presupuestario 232 905
70104 287 280 2310 3412, por un monto de dos millones trescientos noventa y un
mil setecientos setenta y seis colones (¢ 2.391.776), o el saldo que exista,
destinada "para construir el comedor escolar de la escuela Escuadra,
distrito Pavón", a fin de que se utilice para compra de instrumentos
musicales para la banda del Liceo de Comte.
27. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 8908, código presupuestario 232 905
70104 344 1 2310 3120, por un monto de tres millones doscientos mil colones
(¢3.200.000), o el saldo que exista, destinada "para construcción de los
muros de contención de Quebrada Banco, distrito Golfito", a fin de que se
utilice para compra de materiales para el salón de la Virgen.
28. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 8908, código presupuestario 232 905
70104 352 1 2310 2151, por un monto de cuatro millones de colones (¢
4.000.000), o el saldo que exista, destinada a "construcción de un puente
de hamaca en el Rio Cuervito, distrito Pavón", a fin de que se utilice
para compra de materiales para el redondel de la Escuadra.
29. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9019, código presupuestario 232 905
70104 380 001 2310 3120, por un monto de tres millones seiscientos mil colones
(¢3.600.000), o el saldo que exista, destinada a "Primera etapa de¡ salón
comunal Punta Banco, distrito Pavón", a fin de que se utilice para compra
de un play móvil para ADIS, Cocal Amarillo.
30. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9103, código presupuestario 232 905
70104 607 001 2310 3120, por un monto de dos millones cuatrocientos mil colones
(¢2.400.000), o el saldo que exista, destinada a "Segunda etapa salón
comunal Punta Banco, distrito Pavón", a fin de que se utilice para compra
de materiales y herramientas para la escuela de Santa Clara de Pavón.
31. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9103, código presupuestario 232 905
70104 608 0012310 3412, por un monto de cuatro millones de colones
(¢4,000.000), o el saldo que exista, destinada a "Primera etapa para aula
escuela Bahía Pavón, distrito Pavón", a fin de que se utilice para compra
de materiales para el salón multiuso de la Escuadra.
32. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9289, código presupuestario 232 905
70104 367 001 2310 2151, por un monto de cuatro millones ochocientos mil
colones (¢ 4.800.000), o el saldo que exista, destinada a "colocación de
lastre de¡ camino de la escuela el Manzano hasta el abastecedor la Esperanza,
distrito Pavón", a fin de que se utilice para compra de tubería y
accesorios para la Asada de Zancudo.
33. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9289, código presupuestario 232 905
70104 366 001 2310 3410, por un monto de seis millones cuatrocientos mil
colones (¢ 6.400.000), o el saldo que exista, destinada a "construcción de
una aula de cómputo para la escuela el Manzano, distrito Pavón", a fin de
que se utilice para compra de materiales para el salón comunal de la Virgen.
34. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9341, código presupuestario 232 905
70104 287 280 2310 3410, por un monto de ocho millones de colones (¢
8.000.000), o el saldo que exista, destinada a "construcción de aula para
enseñanza especial en la escuela de Linda Mar en Langostino de Pavón, distrito
Pavón", a fin de que se utilice para compra de tuberías y accesorios para
la Asada de Comte, para que se acople hacia la comunidad de la Escuadra.
35. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9341, código presupuestario 232 905 70104
286 280 2310 3410, por un monto de tres millones doscientos mil colones (¢
3.200.000), o el saldo que exista, destinada a "construcción de malla y
casetilla de vigilancia en la escuela Líder de Comte de Pavón, distrito
Pavón", a fin de que se utilice para la compra de materiales para la malla
perimetral de la escuela Líder de Comte.
36. Se autoriza a la Municipalidad de Golfito para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9341, código presupuestario 232 905
70104 285 280 2310 3410, por un monto de cuatro millones de colones (¢
4.000.000), o el saldo que exista, destinada a "construcción de baterías
sanitarias en la escuela de la Virgen de Pavón, distrito Pavón", a fin de
que se utilice para la compra de materiales para la soda del Liceo Académico de
Comte.
37. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9632, código presupuestario 232
905 70104 575 280 2310 2220, por un monto de tres millones doscientos mil
colones (¢ 3.200.000), o el saldo que exista, destinada a "Proyecto
finalización de las oficinas de la Asada en la comunidad de Abrojo Norte,
distrito Corredor", a fin de que se utilice para pago de estudio técnico
de proyecto de ampliación y mejoramiento del acueducto de la comunidad de
Abrojo.
38. Se autoriza a la Municipalidad de Jiménez para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 8691, código presupuestario 232 902
60104 239 11310 2210, por un monto de dos millones de colones (¢ 2.000.000), o el
saldo que exista, destinada "para financiar el pago de servicios
profesionales para realizar pruebas de infiltración, estudios hidrológicos y de
tránsito de contaminación en el vertedero de basura del distrito
Tucurrique", a fin de que se utilice para compra de inmueble para
construir plantel municipal distrito de Tucurrique.
39. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9514, código presupuestario 232
900 70104 496 280 2310 3410, por un monto de dos millones trescientos ochenta y
un mil quinientos ochenta y cinco colones (¢ 2.381 .585), o el saldo que
exista, destinada a "Construcción de la 1 etapa de la bodega en la escuela
de Mollejones, distrito Platanares", a fin de que se utilice para compra
de mobiliario para la escuela de Mollejones.
40. Se autoriza a la Municipalidad de Alfaro Ruiz para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 8790, código presupuestario 203
044 70104 280 2310 3120 602, por un monto de cincuenta millones de colones ¢
(50.000.000), o el saldo que exista, destinada a "Const. de biblioteca
pública", a fin de que se traslade a la Asociación de Desarrollo Integral
de Zarcero para la construcción de un centro cívico y cultural.
41. Se autoriza a la Municipalidad de Alvarado para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley 9341, artículo 9, inciso 51, por un
monto de cuatrocientos ochenta mil trescientos setenta y cinco colones (¢
480.375), o el saldo que exista, destinada "para compra útiles, equipo y
mobiliario de oficina para la Escuela Municipal Música de Alvarado", a fin
de que se utilice para reparación y mantenimiento de instrumentos musicales de
la Escuela Municipal de Música de Alvarado.
42. Se autoriza a la Municipalidad de Çañas para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley 9632, código presupuestario 232 904 70104
299 280 2310 3120, por un monto de tres millones cuatrocientos sesenta y ocho
mil setecientos sesenta y cinco colones (¢ 3.468.765), o el saldo que exista,
destinada a "Compra de mesas y sillas para cocina comunal de la comunidad
Nueva Guatemala, distrito Palmira", a fin de que se utilice para mejoras
de infraestructura de cementerio de Nueva Guatemala.
43. Se autoriza a la Municipalidad de Talamanca para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley 9166, código presupuestario 203
044 70104 280 2310 3310 993, por un monto de once millones de colones (¢ 11.000.000),
o el saldo que exista, destinada a "Adquisición de terreno y mejoras plaza
de deportes de Chase puente la Paz", a fin de que se utilice para mejoras
y remodelación de la cancha de fútbol de Bribrí centro.