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 Normativa >> Resolución 16 >> Fecha 29/07/2020 >> Articulo 3
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Normativa - Resolución 16 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3.- Incumplimientos del cliente ante la Entidad Financiera Sujeta a Reportar en la apertura de Cuentas Nuevas.

Ante la solicitud de apertura de Cuentas Nuevas por parte de clientes que se consideren Personas de una Jurisdicción Reportable, es responsabilidad de la Entidad Financiera Sujeta a Reportar, el velar por el cumplimiento de la información pertinente que debe aportar su cliente.


 

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