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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42472 >> Fecha 13/07/2020 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42472 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3º.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de julio del dos mil veinte.

 

ANEXO 1. IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA PRODUCTORA

 

 

Formulario de declaración jurada para la persona productora agropecuaria que determina su condición de Pequeño o Mediano Productor o Productora Agropecuaria (PYMPA)

 

Nombre de la persona física o Razón Social de la persona jurídica:

 

Número de identificación de la persona física o No. de Cédula Jurídica de la persona jurídica:

 

Año de nacimiento de la persona productora física o año de fundación (para persona jurídica):

 

Sexo:

Hombre:

Mujer:

Sin Especificar:

¿Pertenece a una población de etnia indígena?

  Si

  No

Número de teléfono fijo

Número de teléfono celular

Dirección correo electrónico

 

 

 

Lugar para notificaciones (dirección física o electrónica):

DOMICILIO DE LA PERSONA PRODUCTORA

Provincia

Cantón

Distrito

Caserío o Comunidad

 

 

 

 

Dirección Exacta:

¿Autoriza el envío de información del MAG a su teléfono celular o correo electrónico?

  Si

  No

Declaro bajo la fe de juramento y estoy entendido de las consecuencias legales de no decir la verdad en este acto. Manifiesto que toda la información consignada en el ANEXO I Y ANEXO II del presente documento es para la inscripción en el registro de Pequeño y Mediano Productor Agropecuario (PYMPA), la cual es verdadera y exacta. Caso contrario, estoy enterado(a) de que cualquier inexactitud o falsedad comprobada provocará mi inmediata exclusión del registro, y podrá ser denunciado ante el Ministerio Público.

 

Manifiesto estar de acuerdo con someterme al proceso de inspección y verificación que a juicio del MAG considere necesario para determinar mi condición de productor primario para ser inscrito en este Registro. Expreso mi anuencia a que la información aquí consignada sea verificada.

 

Asimismo, el Ministerio de Agricultura y Ganadería le informa que, para los efectos del registro se aplicarán las disposiciones que le den sustento a la legislación vigente, de manera que toda la documentación declarada y entregada por su parte para esta inscripción tiene carácter confidencial y se compartirá únicamente con aquellas instituciones públicas para obtener los beneficios que requiera.

 

Doy fe de que he leído cada uno de los puntos anteriores y realicé las consultas o solicité aclarar las dudas, las cuales fueron atendidas y he quedado satisfecho(a) con las mismas. Manifiesto estar informado(a) y claro(a) del registro en el que participo.

DECLARANTE:

FUNCIONARIO QUE RECIBE LA DECLARACION:

Nombre

 

Nombre

 

Firma

 

Firma

 

No. Cédula

 

No. Cédula

 

Fecha

 

Fecha

 

 

ANEXO 2. IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE DONDE LA

PERSONA PRODUCTORA DESARROLLA LA

ACTIVIDAD PRODUCTIVA

 

 

(Este documento se debe declarar por separado para cada inmueble utilizado por la persona productora)

 

TIPO DE TENENCIA DEL INMUEBLE POR PARTE DE LA PERSONA PRODUCTORA

  Propia | □ Prestada | Alquilada | □ Usufructo | □ Posesión (Franja Fronteriza, Zona Marítimo Terrestre, Territorio Indígena, Asentamiento)  | □ Sin Documento Idóneo

¿El inmueble que utiliza es propio? (Si el inmueble no pertenece a la persona productora debe aportar y declarar bajo juramento la información del propietario registral del inmueble.)

  Si

  No

¿La persona productora vive en el inmueble?

  Si

  No

IDENTIFICACIÓN DEL PROPIETARIO REGISTRAL DEL INMUEBLE

Nombre de la persona física o jurídica propietaria del inmueble:

 

Número de identificación de la persona física o jurídica propietaria del inmueble:

 

INFORMACIÓN DEL INMUEBLE

Folio real:

UBICACIÓN DEL INMUEBLE

Provincia

Cantón

Distrito

Caserío o Comunidad

 

 

 

 

Dirección Exacta:

AREAS Y USOS DEL INMUEBLE

Hectáreas

 

Área total del inmueble (Hectáreas):

 

 

 

Área dedicada a actividades agrícolas (Hectáreas)

 

 

 

Área dedicada a actividades pecuarias (Hectáreas)

 

 

 

Área dedicada al barbecho (Hectáreas)

 

 

 

Área dedicada a zonas de reserva o conservación (Hectáreas)

 

 

 

Área dedicada a otras actividades (Hectáreas)

 

 

Nota: La suma de las áreas dedicadas a las diferentes actividades debe ser igual al área total del inmueble.

TIPO DE ACTIVIDAD EN PRODUCCION PRIMARIA AGRICOLA Y PECUARIA

 

Grupos de actividades productivas

Área estimada (hectáreas)

 

 

Pecuario Grupo 1: Pastos naturales, pastos mejorados o forrajes para la producción de ganado bovino de carne o doble propósito; así como caballos y búfalos, incluye sistemas silvopastoriles

 

 

 

Pecuario Grupo 2: Pastos naturales, pastos mejorados, pastos de corta o forrajes para la utilización en sistemas de producción de lechería especializada, así como estabulados y semiestabulados

 

 

 

Pecuario Grupo 3: Pastos naturales, pastos mejorados, pastos de corta o forrajes en sistemas de producción de especies pecuarias menores (cabras y ovejas)

 

 

 

Pecuario Grupo 4: Áreas para estanques de acuacultura de tilapia, trucha o camarón

 

 

 

Pecuario Grupo 5: Granjas destinadas a la producción de cerdos, aves, conejos, abejas y zoocriaderos)

 

 

 

Plantas ornamentales, flores, follajes y productos de jardinería Grupo 1: producción de plantas vivas (no forestales) en invernadero o ambientales protegidos, vivero de cultivo de tejidos

 

 

 

Plantas ornamentales, flores, follajes y productos de jardinería Grupo 2: producción de plantas vivas (no forestales) bajo cobertura sarán

 

 

 

Plantas ornamentales, flores, follajes y productos de jardinería Grupo 3: producción de plantas vivas (no forestales) a campo abierto. Incluye plantaciones de ciprés ornamental

 

 

 

Hortalizas y legumbres grupo 1: papa, cebolla, tomate, chayote, chile dulce y chile picante; incluye producción en invernadero o ambientes protegidos, así como en hidroponía.

 

 

 

Hortalizas y legumbres grupo 2: lechuga, repollo, zanahoria, pepino, remolacha, brócoli, coliflor, apio, zapallo, ayote, culantro, culantro coyote, rábano, mostaza, arracache, cebollín, hongos, jengibre, berenjena, calabaza, albahaca, orégano, tomillo, ajo y demás hortalizas y legumbres; incluye viveros, además la producción en invernadero o ambientes protegidos, así como en hidroponía.

 

 

 

Raíces y tubérculos: yuca, tiquizque, malanga, camote, ñame, ñampí

 

 

 

 

Frutales Grupo 1: piña, banano, naranja, melón, sandía, mango; incluye viveros

 

 

 

Frutales Grupo 2: papaya y plátano; incluye viveros

 

 

 

Frutales Grupo 3: limón ácido, mandarina y otros cítricos; pipa, coco, manzana, ciruela, aguacate, fresa, mora, rambután, cas, carambola, guayaba, maracuyá, higos, manzana de agua, tamarindo, jocote, zapote, níspero, guanábana, anona, pitahaya, caimito etc.; incluye viveros

 

 

 

Café, cacao y especias: café, cacao, pimienta, canela, vainilla, incluye viveros

 

 

 

Granos básicos Grupo 1: arroz, sorgo

 

 

 

Granos básicos Grupo 2: frijol, maíz

 

 

 

Palma aceitera: palma africana, incluye viveros

 

 

 

Semillas, cultivos y frutos diversos: plantas medicinales, aloe vera, manzanilla, menta

 

 

 

Materiales vegetales trenzables, bambú y productos vegetales que producen fibras naturales (yute, abacá, etc.)

 

 

 

Caña de azúcar

 

 

 

Pejibaye: palmito y pejibaye para fruta

 

 

 

Tabaco

 

 

 

Cultivos energéticos: higuerilla, jatrofa, biomasa

 

 

 

Otras Actividades no PYMPA: forestales

 

 

 

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