Artículo 10.- De la política de prevención de delitos en el Modelo. La persona jurídica desarrollará
las herramientas normativas, sistemas de control interno, programas y/o modelos
de gestión necesarios, considerando sus características propias, entre estas,
su giro, tamaño, complejidad, naturaleza y particularidades de actuación
respecto a condiciones de regalos, hospitalidad, agasajos al cliente, gastos de
representación, viajes de clientes, contribuciones políticas, donaciones para
fines benéficos y patrocinios; así como los riesgos de comisión de los delitos
contemplados en el artículo 1 de Ley N° 9699, con el fin de prevenirlos.
Las herramientas que conformen la política de prevención deben ser
puestas a disposición como documentación impresa o en formato digital,
aplicadas y comunicadas de manera apropiada a todos los niveles de la
estructura jerárquica de la persona jurídica y a todas las entidades sobre las
cuales la persona jurídica tenga un control y, en lo posible, a sus contrapartes.
Entre estas:
a) Factores formales de la ética, entre ellos: determinar los valores
éticos, el código de conducta, manejo de conflictos de intereses y compromiso
con las políticas.
b) Factores informales de la ética, tales como: realizar una revisión
integral, al menos anual de la cultura del cumplimiento que abarque los
elementos de la prevención, detección y respuesta, para detectar conductas
antiéticas, de fraude, de corrupción y de debilitamiento del control interno a
fin de prevenirlas y erradicarlas.
c) Una prohibición clara del soborno y otros delitos contemplados en el
artículo 1 de la Ley N° 9699, un compromiso de cumplir con la normativa
nacional e internacional, así como las disposiciones internas de la persona
jurídica aplicables sobre el tema.
d) Un compromiso de que el contenido de la denuncia se reporta con la
creencia de probablidades de certeza, incluyendo las consecuencias de incumplir
dicho compromiso.
e) Información sobre los canales confidenciales disponibles para
planteamiento de inquietudes y denuncias sin temor de represalias.
f) Procedimientos para la protección de denunciantes.
g) Información sobre el rol de la función de gestión del Modelo y cómo
contactar a la persona encargada.
h) Procedimiento para la gestión de reportes y denuncias de
irregularidades.
i) Protocolos de actuación para la denuncia ante las autoridades
judiciales.
j) Un compromiso de implementar, mantener y mejorar continuamente el
Modelo.
k) Cualquier otro instrumento normativo que coadyuve a reducir los
riesgos de comisión de delitos.
l) Una explicación de las consecuencias de no cumplir con las políticas
de prevención.