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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42562 >> Fecha 24/08/2020 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42562 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4. Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los 24 días del mes de agosto del año dos mil veinte.

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