ARTICULO 5- Significación cultural e histórica. Se declaran patrimonio
histórico - arquitectónico el conjunto de las edificaciones del antiguo
presidio San Lucas; el Estado deberá restaurar y preservar este patrimonio para
el disfrute y conocimiento de las actuales y futuras generaciones.
El Ministerio de Cultura deberá realizar un inventario del patrimonio
citado y de su estado de conservación, actualizándolo periódicamente, todo lo
cual comunicará al Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y a la entidad
encargada de la administración de la isla.
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