ARTÍCULO 8- Gobernanza de la isla. Para el gobierno y la administración
del Parque Nacional Isla San Lucas se crea la Junta Directiva del Parque
Nacional Isla San Lucas, que será un órgano de desconcentración máxima adscrito
al Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), y con personalidad jurídica
instrumental para el ejercicio de sus competencias.
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