Artículo 10.Del diseño de las tarjetas de pago. Para facilitar la
identificación de las funcionalidades disponibles en la tarjeta de pago, el
emisor deberá imprimir al lado derecho de esta y contiguo al chip, el símbolo
reconocido internacionalmente para la identificación del pago sin contacto y al
lado izquierdo el símbolo de firma digital, en caso de que la tarjeta de pago
incorpore estas tecnologías.
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