Artículo 14.Pago con autenticación del cliente. Toda operación de
pago por un monto mayor al pago rápido, realizada con un dispositivo de pago
emitido o habilitado por un emisor nacional, requiere de la autenticación del
cliente con PIN en línea o la aplicación de algún mecanismo de autenticación
biométrico, siguiendo los estándares definidos por EMVCo para estos efectos. En
el caso de transacciones realizadas con dispositivos de emisores extranjeros, el
cliente se autenticará según el mecanismo definido por el propio emisor.
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