Artículo 29.Señalización en afiliados. El adquirente y los
afiliados deben asegurar el mantenimiento de una adecuada señalización para que
el cliente, al momento de realizar las operaciones de pago, se informe de la
posibilidad de uso de la tecnología de pago sin contacto y las marcas de
tarjeta aceptadas, así como de cualquier otra facilidad que le ofrezca la infraestructura
de pago disponible en dichos afiliados. Los adquirentes deberán apegarse a lo normado
al respecto por EMV Co para el uso del “Contactless Symbol”.
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