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 Normativa >> Ley 9876 >> Fecha 27/08/2020 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 9876 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO ÚNICO- El Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) tendrá seis meses, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, para adaptar su aplicación de conformidad con lo aquí dispuesto.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil veinte.

EJECÚTESE Y PUBLIQUESE.

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