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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42690 >> Fecha 30/10/2020 >> Articulo 12
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42690 - Articulo 12
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Artículo 12    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 12°- Se autoriza el ingreso de personas extranjeras al país vía aérea, bajo la categoría migratoria de No Residente, subcategoría Personal de medios de transporte internacional de pasajeros y mercancías, que formen parte de la tripulación del medio de transporte, entendiéndose estos como, el personal que se encuentre a bordo de una aeronave desempeñando funciones durante el vuelo, o esperando realizar funciones en ese mismo vuelo o después de haber ejecutado funciones durante un  vuelo, debiendo acatar las medidas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud para la atención del COVID-19.


 

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