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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42690 >> Fecha 30/10/2020 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42690 - Articulo 25
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Artículo 25    (No vigente*)
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CAPÍTULO IX

SOBRE LA LABOR DEL MINISTERIO DE SALUD

Artículo 25°- Para el cumplimiento del presente Decreto Ejecutivo, el Ministerio de Salud coordinará las acciones pertinentes a efectos de generar y asegurar el acceso al formulario denominado Pase de Salud, con el objetivo de contar con el registro previo de la persona extranjera para su trazabilidad.


 

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