MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca mediante sesión
ordinaria N° 27 del 06 de noviembre de 2020, adoptó el acuerdo N° 2, que indica
lo siguiente:
Moción presentada por Yahaira Mora Blanco, presidenta Municipal, secundada
por la regidora Enid Villanueva Vargas, que dice:
Asunto: Reglamento de Organización Y Funcionamiento de la Junta Vial
Cantonal de la Municipalidad de Talamanca.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE LA JUNTA VIAL CANTONAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE TALAMANCA.
En el ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 169 y
170 de la Constitución Política de Costa Rica; el artículo 4, inciso a y el
artículo 13, inciso c) y d) y 50 del Código Municipal, Ley N° 7794 del 30 de
abril de 1998, Ley General de la Administración Pública N° 6227, Ley 8114, Ley
9329, Decretos Ejecutivos N° 40138-MOPT, y con fundamento en el acuerdo tomado
por el Concejo Municipal de Talamanca se aprueba el presente reglamento de
organización y funcionamiento de la junta vial cantonal de la Municipalidad de
Talamanca que regirá por las estipulaciones siguientes.
Considerandos:
I.—Que el Poder Ejecutivo, mediante el Decreto Nº 40138- MOPT Reglamento
al inciso b) del artículo 5 de la Ley N° 8114, publicó el funcionamiento de la
Junta Vial Cantonal como órgano nombrado por el Concejo Municipal de cada
cantón, ante quien responde por su gestión. El cual, es un órgano asesor de
consulta en la planificación y evaluación en materia de gestión vial en el
cantón y de servicio vial municipal, indistintamente del origen de los
recursos.
II.—Que corresponde al Concejo Municipal establecer las pautas y
procedimientos bajo los cuales esta Junta deberá desempeñar las funciones que
el Decreto Nº 40138-MOPT Reglamento al inciso del artículo 5 de la Ley N° 8114.
Dicho cuerpo normativo se regirá por las leyes vigentes en la materia y
las siguientes disposiciones a continuación:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE LA JUNTA VIAL CANTONAL DE TALAMANCA
CAPÍTULO I
Ámbito de competencia y naturaleza jurídica:
Artículo 1º—El presente Reglamento regula la organización y
funcionamiento de la Junta Vial del Cantón de Talamanca, que en adelante se
identificará indistintamente como “la Junta Vial Cantonal” o “JVC”.