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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42776 >> Fecha 22/12/2020 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42776 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5°.-El presente Decreto Ejecutivo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. -San José, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil veinte.

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