CAPÍTULO IV
Del contenido de las autorizaciones
de permiso de uso precario
Artículo 10.—Sobre el contenido del acto de autorización. Una vez
aprobado por parte del Concejo Municipal la autorización para el
préstamo del inmueble municipal bajo la figura de uso en precario,
deberá emitirse el convenio o la resolución administrativa.
En dicho acto administrativo, se deberá determinar, al menos, los
siguientes factores:
1. Identificación del permisionario.
2. Identificación del inmueble municipal objeto del permiso de uso en
precario.
3. Obligaciones y condiciones que deben ser cumplidos por el beneficiario.
4. Periodicidad y condiciones del pago del canon del inmueble municipal,
así como su fijación y fórmula de actualización, en caso de que así se haya
dispuesto.
5. Plazo del permiso de uso en precario y sus posibles prórrogas y
modificaciones.
6. Sobre la periodicidad de la entrega de informes.
7. Sobre la revocación del permiso por uso en precario.
8. Determinación del pago de los servicios públicos, en caso de que
corresponda.
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