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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42825 >> Fecha 28/01/2021 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42825 - Articulo 3
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Artículo 3
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ARTÍCULO 3°.- Aplicación de las normas correspondientes.

Por el período de suspensión establecido en el artículo anterior de este Decreto Ejecutivo, los cantones y distritos en alerta naranja, así como la zona fronteriza se regirán por las medidas de restricción vehicular dispuestas en los Decretos Ejecutivos número 42253-MOPT-S del 24 de marzo de 2020 y 42295-MOPT-S del 11 de abril de 2020.


 

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