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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42769 >> Fecha 26/01/2021 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42769 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27. Resolución de aprobación. Una vez finalizado el proceso de evaluación técnica de las solicitudes por parte de las Autoridades revisoras competentes y emitidos los informes positivos, correspondientes, la AC dictará la resolución de aprobación en el plazo máximo de 4 días hábiles, acto que será emitido y comunicado al registrante en el plazo máximo de 1 día hábil a partir de la emisión de dicha resolución.


 

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