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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42696 >> Fecha 15/10/2020 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42696 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2°. Ámbito de Aplicación. Para todo tipo de plan de ordenamiento territorial (con excepción de los Planes de Manejo de Refugios Mixtos de Vida Silvestre), la cartografía de la incorporación de la variable ambiental se agrupa en 5 temáticas: 1. Geoaptitud, 2. Bioaptitud, 3. Edafoaptitud, 4. Antropoaptitud, 5. Otros: IFA integrado, IFA subclase, Zonificación ambiental, Condición de uso de la tierra.

Para el caso de los Planes de Manejo de los Refugios Mixtos de Vida Silvestre, el detalle técnico de los requerimientos de la cartografía, serán señalados por la Comisión Plenaria de la SETENA en la respectiva Resolución de Contenidos Mínimos de Referencia para cada caso en particular.


 

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