ARTÍCULO 8- Investigación en el ámbito de la salud. El Ministerio de
Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) podrán coordinar, con las
universidades nacionales, internacionales u otras instituciones y organizaciones,
el desarrollo de proyectos de graduación, investigación o docencia sobre el
TEA; lo anterior, dentro del marco de regulación atinente a la privacidad y confidencialidad
de la información y datos personales, de conformidad con la Ley 8968, Protección
de la Persona Frente al Tratamiento de sus Datos Personales, de 7 de julio de
2011.
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