Buscar:
 Normativa >> Ley 9946 >> Fecha 15/02/2021 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3
Normativa - Ley 9946 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3
Versión del artículo: 1  de 1

ARTÍCULO 3- Se adiciona un nuevo párrafo al artículo 76 de la Ley 6043, Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, de 2 de marzo de 1977. El texto es el siguiente:

Artículo 76-

[.]

Igualmente, reservará una zona no menor de cincuenta metros de ancho (50 m) a partir de la pleamar ordinaria, que dedicará a la construcción de la sección de la carretera panorámica comprendida entre "La Vuelta", ubicada en el distrito doce, Chacarita, y las inmediaciones del "Yacht Club", en el distrito primero, Puntarenas; la cual, por tratarse de una ruta de la red vial nacional estará a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y su conservación vial a cargo del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi).

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los quince días del mes de febrero del año dos mil veintiuno.

Ir al inicio de los resultados