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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42837 >> Fecha 22/01/2021 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42837 - Articulo 3
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Artículo 3
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Artículo 3°-Procedimiento para elaboración del Diagnóstico Ambiental. El Diagnóstico Ambiental deberá realizarse directamente en el sitio de la actividad, obra o proyecto en operación; por medio del llenado de la Lista de Verificación de Normativa Ambiental (LIVENA), por parte del Consultor Ambiental Responsable del EDA.

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