Artículo 4°-Lista de
Verificación. La lista de Verificación está conformada por los requisitos legales-ambientales con fundamento en la
normativa ambiental vigente en el país. El formato de la LIVENA se presenta
como Anexo 1 de este Decreto Ejecutivo. El Consultor
Ambiental Responsable de la elaboración del
EDA, deberá llenar todos los puntos de la lista de verificación. El Consultor
Ambiental Responsable determinará en caso de requerirse, que información
adicional adjuntar al Plan de Cumplimiento.
|