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 Normativa >> Ley 9968 >> Fecha 16/03/2021 >> Articulo 8
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Normativa - Ley 9968 - Articulo 8
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Artículo 8
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ARTÍCULO 8- Otras fuentes de financiamiento

En caso de que el Poder Ejecutivo logre concretar financiamiento adicional para el Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia, proveniente de cooperación financiera internacional no reembolsable, los recursos que se liberen del endeudamiento del Contrato de Préstamo N.º 4871 /OC-CR podrán destinarse, previo acuerdo con el banco, a otras actividades de infraestructura consistentes con los objetivos del referido Programa y cumpliendo los indicadores dispuestos para estos fines en cada componente.

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