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 Normativa >> Ley 9966 >> Fecha 26/03/2021 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 9966 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 9966

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

APOYO A BENEFICIARIOS DEL SISTEMA DE BANCA

PARA EL DESARROLLO, PARA LA REACTIVACIÓN

DE UNIDADES PRODUCTIVAS EN LA COYUNTURA

DE LA SITUACIÓN ECONÓMICA DEL PAÍS

ARTÍCULO 1- Objetivo. La presente ley tiene como objetivo el apoyo y el fortalecimiento de los sectores productivos ante la situación de emergencia presentada por el COVID-19, por medio de la condonación del saldo de las deudas de micro, pequeños y medianos productores agropecuarios de zonas rurales y el sector pesquero y acuícola nacional de las zonas costeras del país, así como el fortalecimiento del Fondo Nacional para el Desarrollo (Fonade), mediante la creación de los bonos de desarrollo, con el fin de que cuenten con la disponibilidad de recursos necesarios para propiciar la reactivación de los sectores beneficiarios de la Ley 8634, Sistema de Banca para el Desarrollo, de 23 de abril de 2008, durante y con posterioridad a la situación de emergencia.

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