Artículo 13.-Apoyo
para la Comisión. Se insta a las instituciones públicas y privadas, dentro
del marco legal respectivo, a brindar la colaboración y facilidades que estén a
su alcance, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento
de sus propias funciones, para el respectivo desarrollo del plan de acción de
esta Comisión. Las personas jerarcas integrantes de la Comisión podrán firmar
convenios interinstitucionales para el cumplimiento del presente Decreto.
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