Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42906 >> Fecha 01/03/2021 >> Articulo 18
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 18     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 42906 - Articulo 18
Ir al final de los resultados
Artículo 18
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 18. - Del órgano responsable de la suspensión y cancelación en el registro de exportadores, empacadores, productores y comercializadores de productos de origen vegetal para la exportación. Para los procedimientos sancionatorios descritos en este decreto, el Departamento de Certificación Fitosanitaria en materia de administración del registro, será el órgano responsable de llevar a cabo el procedimiento para la suspensión o cancelación en el registro, debiendo notificar previamente al interesado y emitiendo las resoluciones respectivas.

Ir al inicio de los resultados