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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42830 >> Fecha 08/04/2021 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42830 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9°-No se podrá autorizar jornada extraordinaria en forma permanente. El Gerente o Jefe de cada Unidad deberá verificar que los servidores públicos que requieran trabajar en jornada extraordinaria, lo hagan alternativamente de acuerdo a cada proyecto de trabajo y de acuerdo a las necesidades institucionales que se vayan generando.

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