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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42830 >> Fecha 08/04/2021 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42830 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17.-Toda solicitud de justificación por parte de los Gerentes de Áreas y Jefes de Unidades de este Ministerio, debe contar con el contenido presupuestario para el pago eventual de jornada extraordinaria, además deberán contar con el visto bueno del Jefe del Programa respectivo, quien procederá a remitir a la Ministra o el Ministro, para su aval y esta la remitirá a la Oficialía Mayor y Dirección Ejecutiva para lo que corresponda. Dicha solicitud, debe contener:

a) Justificación y detalle de la necesidad imperiosa y excepcional por parte de la Administración, que amerite pagar la jornada extraordinaria.

b) Indicación clara de la cantidad de horas extraordinarias necesarias por actividad.

c) Indicación del monto aproximado que se va a pagar, debidamente proyectado.

d) Indicación de las clases de puestos o cargos que ocupan las personas servidoras públicas que participarán en el trabajo.

e) Indicación del período de duración del trabajo.

f) Nombres y responsables del proyecto.

g) Firmas digitales debidamente identificadas.

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