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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 42830 >> Fecha 08/04/2021 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 42830 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8°-Para la autorización de la jornada extraordinaria, se aplicarán los principios de economía, eficiencia y eficacia de la Administración Pública, así como la sana administración de los recursos públicos asignados a este Ministerio. De igual forma y en conjunto con la OGEREH, se velará porque la jornada extraordinaria aprobada, se utilice conforme lo solicitado y con apego a los principios de razonabilidad, equidad, excepcionalidad y la normativa vigente que rige la materia.

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