Artículo 8°-Para
la autorización de la jornada extraordinaria, se aplicarán los principios de
economía, eficiencia y eficacia de la Administración Pública, así como la sana
administración de los recursos públicos asignados a este Ministerio. De igual
forma y en conjunto con la OGEREH, se velará porque la jornada extraordinaria aprobada,
se utilice conforme lo solicitado y con apego a los principios de
razonabilidad, equidad, excepcionalidad y la normativa vigente que rige la
materia.
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