Nº 9971
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
CREACIÓN DE LA PROMOTORA
COSTARRICENSE DE INNOVACIÓN E
INVESTIGACIÓN
CAPÍTULO I
FINALIDAD Y ÁMBITO DE LA
LEY
ARTÍCULO 1- Transformación
del Conicit en la Promotora Costarricense de Investigación e Innovación
Se transforma al Consejo
Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (Conicit) en la
Promotora Costarricense de Investigación e Innovación, en adelante conocida
como la Promotora. La Promotora estará constituida como institución autónoma
con personalidad jurídica y patrimonio propios; contará, por tanto, con
independencia en su funcionamiento operativo y en su administración y tendrá
personería jurídica propia. La promotora se regirá por la presente ley, su
reglamento, además por lo establecido en la Ley 7169, Ley de Promoción del
Desarrollo Científico y Tecnológico, de 26 de junio de 1990. La Promotora formará
parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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