Nº
9971
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
DECRETA:
CREACIÓN DE LA PROMOTORA COSTARRICENSE
DE INNOVACIÓN E
INVESTIGACIÓN
CAPÍTULO I
FINALIDAD Y ÁMBITO DE LA LEY
Artículo 1- Transformación del Conicit
en la Promotora Costarricense de Innovación e Investigación. Se transforma al
Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (Conicit) en la Promotora Costarricense de Innovación e
Investigación, en adelante conocida como la Promotora. La Promotora estará
constituida como institución autónoma con personalidad jurídica y patrimonio
propios; contará, por tanto, con independencia en su funcionamiento operativo y
en su administración y tendrá personería jurídica propia. La Promotora se
regirá por la presente ley, su reglamento, además por lo establecido en la Ley
7169, Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico, de 26 de junio de
1990. La Promotora formará parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación.
(Así reformado por el artículo único de la
ley N° 10062 del 15 de noviembre de 2021)
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