ARTÍCULO 3- Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación de
la presente ley comprende el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación, conforme a las regulaciones y los lineamientos que establezca el Ministerio
de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, las disposiciones del reglamento
de esta ley y lo establecido en la Ley 7169, Ley de Promoción del Desarrollo Científico
y Tecnológico, de 26 de junio de 1990.
|