CAPÍTULO III
FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN
ARTÍCULO 6- Funciones de la Promotora
La Promotora tendrá las
siguientes funciones:
a) Diseñar, administrar,
preparar y ejecutar fondos, instrumentos y programas orientados a promover: i)
la investigación básica, la investigación aplicada y el desarrollo tecnológico;
ii) la innovación; iii) los emprendimientos innovadores y de base tecnológica;
iv) la transferencia tecnológica y v) el capital humano especializado en las
áreas de ciencia, tecnología e innovación. Lo anterior en alineamiento con lo
establecido en el PNCTI y en lo definido en el alcance de esta ley y su
reglamento.
b) Colaborar con entidades
que promuevan las redes de conocimiento entre los distintos agentes del Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, a fin de incentivar procesos de
investigación e innovación abierta y colaborativa, y la proyección nacional e internacional
de las tecnologías emanadas desde los principales centros de investigación del país.
c) Propiciar el fortalecimiento
de las capacidades para la gestión de la innovación a través del diseño y la
ejecución de planes de acompañamiento y capacitación.
d) Colaborar con las
instituciones que desarrollan procesos de transferencia tecnológica entre los
diferentes agentes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
e) Financiar programas de
becas de formación técnica, especializada, de grado o de posgrado, en
instituciones de reconocida excelencia en el país y en el exterior en campos de
interés para el desarrollo científico y tecnológico nacional, según las
prioridades u orientaciones del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación.
f) Gestionar fondos de
entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, para el cumplimiento
de los objetivos de la Promotora.
g) Brindar servicios dentro
del ámbito propio de las competencias de la Promotora. Estos serán regulados
vía reglamento.
h) Dar seguimiento al buen
uso y destino previsto de los fondos asignados a los proyectos de investigación,
desarrollo tecnológico, innovación y transferencia tecnológica.
i) Realizar la evaluación y
el monitoreo a los proyectos financiados y rendir informes sobre los resultados
obtenidos.
j) Otras actividades
vinculadas al fomento del desarrollo científico- tecnológico y de la innovación.
k) Estimular y apoyar la
vinculación efectiva entre los actores del SNCTI, mediante la disposición de
servicios y programas que estimulen el desarrollo tecnológico y la innovación.
l) Análisis de prospectiva
dentro de los objetivos y las competencias de la Promotora.
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