ARTÍCULO 35- Estimación
para determinar el monto de la contratación
Para determinar la
estimación de la contratación se deberán tomar en consideración, al momento de
la decisión inicial, el monto de todas las formas de remuneración incluyendo el
costo principal, seguros, fletes, comisiones, intereses, tributos, primas,
derechos y cualquier suma que deba reembolsarse a consecuencia de la contratación.
Cuando el pliego de
condiciones permita ofertar bienes o servicios opcionales o alternativos, la
base para estimarlos será el valor total de la compra máxima permitida,
incluidas las posibles compras optativas.
Cuando se trate de
contrataciones de objeto continuo, sucesivo o periódico, que se vayan a
celebrar por un plazo determinado sin posibilidad de prórrogas, la estimación
se determinará sobre el valor total del contrato durante su vigencia. Cuando se
trate de contrataciones con un plazo susceptible de ser prorrogado, la
estimación se realizará sobre la base del pago mensual calculado, multiplicado
hasta cuarenta y ocho.
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