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 Normativa >> Ley 9986 >> Fecha 27/05/2021 >> Articulo 110
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Normativa - Ley 9986 - Articulo 110
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Artículo 110
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CAPÍTULO II

Terminación del contrato

SECCIÓN I

Aspectos generales

ARTÍCULO 110- Terminación del contrato

Los contratos se extinguen por la vía normal, por el acaecimiento del plazo, la ejecución del objeto contractual o el mutuo acuerdo.

De modo anormal, los contratos se terminan por:

a) La resolución.

b) La rescisión.

c) La caducidad.

d) La declaratoria de nulidad.

e) La muerte del contratista o la extinción de la persona jurídica.

f) La declaración de insolvencia o quiebra del contratista.

g) La cesión del contrato sin estar autorizada previamente por la Administración.

h) La supresión del servicio por razones de interés público.

i) El rescate del servicio para ser explotado directamente por la Administración.

Para dar por finalizado de forma anormal el contrato, se deberá acudir al procedimiento previsto en el artículo 114 de la presente ley.

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