Artículo 9º-Giras
fuera del territorio Costarricense. Todos los Vehículos de la flotilla de
Mideplan deberán contar con las condiciones para realizar giras fuera del
territorio costarricense. Para cada salida, planificada e individualizada, se
requerirá:
A.-Mediante oficio y
con al menos veinte días hábiles previos a la salida, se deberá enviar la
solicitud a la Oficialía Mayor con copia a Servicios Generales. Cada trámite
externo está sujeto a plazos de las instituciones correspondientes;
B.-Previo
a la autorización de salida del país, la Administración requerirá tramitar ante
diversas entidades públicas, con al menos veinte días hábiles de antelación, al
menos una exoneración de impuestos de salida y el permiso de salida del país.
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