Artículo 8º-Solicitud
de Transporte. Las Personas Funcionarias de Mideplan, gestionarán, bajo los
siguientes requisitos, las solicitudes de servicio de transporte, sin excusas
ni excepciones, en caso que requieran ser trasladados, transportar bienes
institucionales o acudir a giras:
A.-Con dos días hábiles
de anticipación para transporte en la Gran Área Metropolitana;
B.-Con cinco días
hábiles de anticipación para la atención de giras en las que al menos una de
las personas que brinde o requiera los servicios necesite tramitar viáticos;
C.-Una boleta de
solicitud de servicio de transporte electrónica con firma digital del superior
inmediato, que indique la fecha y hora de salida, el Área o Unidad solicitante,
lugar a visitar, motivo, personas funcionarias a trasladar, tiempo de espera y
observaciones;
D.-Para lograr un mejor
aprovechamiento de los recursos, Servicios Generales deberá agrupar varias
solicitudes individualizadas de transporte dentro de una misma ruta en un solo
trayecto.
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