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 Normativa >> Reglamento municipal 146 >> Fecha 26/02/2018 >> Articulo 17
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Normativa - Reglamento municipal 146 - Articulo 17
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Artículo 17    (No vigente*)
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Artículo 17.-Trámite de exoneración. Para el trámite de excepción de pago del Canon de Mantenimiento referido en el artículo 16 incisos a), b) y c) y en caso de existir una declaratoria de Emergencia Nacional, Provincial o Cantonal que implique afectación económica al sector cultural y artístico, el interesado deberá:

Enviar la solicitud respectiva a la Junta Administrativa de la Asociación o bien al Encargado del CCHOD según corresponda, la cual deberá ser resuelta en un plazo de ochos días hábiles.

La solicitud deberá contener la misma información solicitada en el artículo 11 incisos del a) al j). Para el inciso d), además de lo anterior, deberá presentar:

1. En caso de ser trabajador independiente, una Certificación emitida por el Ministerio de Hacienda, en la que se demuestre que no ha recibido ingresos, o que los mismos, se han reducido en un 50% o más, durante los últimos 3 meses, o bien una declaración jurada no protocolizada en la que se demuestre esa afectación.

2. En caso de ser asalariado, una carta del último patrono donde haga constar que fue cesado de sus funciones, o que se ha reducido su jornada en un 50% o más o bien que tiene una suspensión de contrato.

Este proceso será aplicado por un máximo de 6 meses, prorrogables hasta por un tanto igual, si se demuestra que la condición no ha cambiado para lo cual deberá actualizar los documentos presentados. En el caso que la administración esté a cargo de la Municipalidad, será la Administración del CCHOD quien evalúe y apruebe la solicitud de excepción de pago de forma sustentada; si está a cargo de una Asociación, ésta determinará si se aprueba o no.

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