Artículo 35.-Publicidad.
En caso de que se tengan patrocinadores, la publicidad que estos hagan dentro o
fuera del CCHOD, debe ser previamente autorizada por la Administración. Para el
trámite de esta autorización se debe presentar una nota que especifique el
tipo, la cantidad de material publicitario y el lugar donde se colocará, además
adjuntar lo artes de dicho material, con al menos ocho días hábiles de
anticipación. La administración dará su resolución en tres días hábiles; para
este tipo de solicitudes, no aplica el silencio positivo.
Las mantas, banderines,
carteles o cualquier rótulo deberán estar sobre pedestales y en ninguna
circunstancia en paredes, techos, puertas y ventanas. Toda publicidad, debe
contener claramente el nombre del lugar donde se realizará: "Centro Cultural
Herediano Omar Dengo", el logo de la Municipalidad de Heredia y del CCHOD. Todo
material publicitario debe ser revisado previamente por la administración del
CCHOD.
|