Artículo 36.-Sobre
la toma y venta de fotografías. Sobre la toma y venta de fotografías. No se
permitirá la impresión, ni la venta de fotografías dentro de las instalaciones
del CCHOD. Salvo en aquellos casos en que, por la naturaleza del evento, se
requiera y que tenga la aprobación de la Administración del CCHOD. El trámite
para obtener la autorización para la venta de fotografías de realizarse cuando
se solicita el espacio, adjuntando a los requisitos solicitados en el artículo
11 del presente reglamento, una nota donde explique por qué se requiere la
venta de fotografías, la resolución se dará cuando se les confirma o rechaza la
reserva del espacio. Para este tipo de solicitudes, no aplica el silencio
positivo.
|