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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43061 >> Fecha 28/04/2021 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43061 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º- Este Decreto rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil veintiuno.

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