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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 43210 >> Fecha 18/08/2021 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 43210 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 43210-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

Y CULTO

Considerando:

1º-Que la Asamblea Legislativa mediante Ley número 9991 del día veinticuatro de junio del año dos mil veintiuno, publicada en el Alcance Nº 161 a La Gaceta Digital número 155 del trece de agosto de 2021, aprobó el Convenio del Consejo de Europa contra el Tráfico de Órganos Humanos, suscrito por la República de Costa Rica, el 16 de abril de 2018, en Estrasburgo, Francia.

2º-Que los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación del mencionado Convenio serán depositados ante el Secretario General del Consejo de Europa, de acuerdo con su artículo 28 numeral 2. Por tanto,

En uso de las facultades que les confieren los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

Decretan:

Artículo 1º-La ratificación de la República de Costa Rica, al Convenio del Consejo de Europa contra el Tráfico de Órganos Humanos, suscrito por la República de Costa Rica el 16 de abril de 2018 en Estrasburgo, Francia.

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