N° 10053
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA MEJORAR EL PROCESO DE CONTROL
PRESUPUESTARIO, POR MEDIO DE LA CORRECCIÓN
DE DEFICIENCIAS NORMATIVAS Y PRÁCTICAS DE
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ARTÍCULO 1- Se adiciona un artículo 61 bis a la Ley 8131,
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, de 18 de
setiembre de 2001 El texto es el siguiente:
Artículo 61 bis- El cargo de tesorero nacional será
incompatible con cualquier otro cargo público, salvo lo indicado en el artículo
17 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la
Función Pública, de 6 de octubre de 2004, en relación con las salvedades allí
indicadas.
Es prohibido, a quien ocupe el cargo de tesorero
nacional, desempeñar cualquier otro cargo o empleo público.
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